martes, 10 de agosto de 2010

Transexual solicita cambio de identidad


Por: Patty Fuentes Gimón / diario TalCual

Han transcurrido 6 años y casi 3 meses desde que Tamara Adrián introdujo por primera vez ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia un recurso de tutela directa al derecho a su identidad.

Aunque desde entonces ha insistido 26 veces, aún no ha recibido respuesta.

"La Sala ha guardado silencio absoluto sobre la petición, hasta el punto que ni siquiera se ha pronunciado sobre su admisión. El absurdo llega a que desde noviembre de 2005, la abogada, profesora universitaria e insigne defensora de los Derechos Humanos viene solicitando una copia certificada del expediente que le permita acudir a la justicia internacional (OEA y ONU) por denegación de justicia, y ni siquiera se le expide dicha copia", denuncia a través de un comunicado el Foro para los Derechos Humanos y la Democracia.

La abogada explica que lo que está solicitando "va mucho más allá de un cambio de nombre y de sexo", pues exige "el reconocimiento de la identidad, la tutela al derecho constitucional a la identidad y que se modifiquen los documentos públicos para adaptarlos a mi verdadera condición, como la partida de nacimiento y los títulos y diplomas universitarios".

Adrián añade que, además de luchar por su propia situación, lo hace por más de 6 mil personas que sufren "discriminación, hambre y miseria, y que no pueden transitar por el país".

El Foro para los Derechos Humanos y la Democracia señala que la doctora en Derecho "acudió a esta vía en ausencia de otra vía procesal adecuada y debido a la autoatribución de competencia de la Sala Constitucional para conocer de peticiones de tutela directa de derechos constitucionales que no tengan tal vía procesal para su reconocimiento".

RETRASO LEGAL Tamara Adrián asegura que esta petición resultaba una innovación en el año 2004, pero hoy en día la mayoría de los países latinoamericanos cuentan con mecanismos de protección efectiva para estos derechos, entre ellos México, Ecuador, Uruguay, Argentina, Chile y Brasil.

En Venezuela, aunque existe una acción constitucional, no hay ley que permita el reconocimiento integral de la entidad. El artículo 28 de la Carta Magna establece el derecho a la autodeterminación informativa, conocido como hábeas data, que permita a toda persona depurar las bases de datos públicas o privadas y "solicitar ante el tribunal competente la actualización, rectifica- ción o destrucción de aquellos que fuesen erróneos o afectasen ilegítimamente sus derechos".

La abogada afirma que, en su caso, se están vulnerando los derechos a la identidad, privacidad, igualdad, trato justo y libre circulación.

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