miércoles, 14 de diciembre de 2011

"Había que tumbar Rodeo I y II"


Patty Fuentes Gimón
Alrededor de cinco meses demoró el Gobierno en devolver a los reos a sus centros de reclusión de origen: Rodeo I y II. Aunque había prometido tomar esta medida 15 días después de que concluyó el enfrentamiento en dichas prisiones, en julio, no fue sino hasta esta semana que fueron trasladados los 382 privados de libertad que se encontraban provisionalmente en Uribana (Barquisimeto).

El motivo de estas reubicaciones era el de acondicionar las infraestructuras de ambas cárceles. Sin embargo, el deterioro era tal que “invertían menos en tumbarlos y hacer uno nuevo que en tratar de recuperarlos”, asegura la coordinadora del área judicial del Observatorio Venezolano de Prisiones, Marianela Sánchez

Pese a que sostiene que no le ha sido permitido el acceso a las prisiones, estima que “pusieron paños de agua caliente: pintaron y rompieron, pero no creo que hayan resuelto el problema de las tuberías, de las aguas negras. Tampoco sé si tomaron en cuenta lo que más les importa a los reclusos: buena alimentación, canchas, baños y camas”.

Al respecto, la madre de un recluso que fue trasladado el lunes de Uribana a Rodeo I, Yolanda Carrillo, relata que arreglaron las celdas, pero no los baños. “No he podido entrar, la visita es a partir del sábado, pero dicen que es más bonito que antes. Ya no se ven el poco de ranchitos que tenían con sábanas; ahora tienen camas y colchoncitos. Un señor que salió de ahí en estos días me contó que no tienen baños; las necesidades tienen que hacerlas ahí delante de todos y que eso es vergonzoso”, añade.

Oportunidad para clasificar
Que esta semana hayan devuelto a los reos a Rodeo I y II es favorable siempre y cuando se haya tomado en cuenta la clasificación de la población penal, al menos separando a los penados de los procesados.

“Mucha gente fue sacada de su jurisdicción penal y eso agudizaba más el retardo procesal. También los separaba de sus núcleos familiares porque no tienen los medios económicos para visitarlos en otros estados. No sé si hicieron un censo porque hay mucha desinformación por parte del Gobierno, pero esperamos que los que ya fueron trasladados a Guatire sean procesados para que retomen su control judicial y se realicen de nuevo las audiencias Si no se está trabajando la clasificación de la población, será más de lo mismo”, explica Sánchez.

En cuanto a los penados, la experta en materia carcelaria indica que tienen un tratamiento distinto porque en la fase de ejecución se designan jueces de control y vigilancia en cualquier parte del país con el fin de continuar con sus procesos judiciales.

Para evitar el hacinamiento en Rodeo I y II, la vocera del OVP sugiere que se haga un traslado progresivo de los internos que tienen su jurisdicción penal en Miranda y Distrito Capital. Se refiere a los que en julio fueron llevados a Los Teques, al anexo de Tocorón y a Yare I y II.

“Probablemente, los primeros fueron los de Uribana por la demanda de la población reclusa y porque la semana pasada se practicó un Coliseo después de que había una tregua con la ministra Iris Varela. Ahora, deben empezar a agilizar las causas para ir llevando a los demás, poco a poco, a Guatire”, dice y recuerda que la capacidad instalada de Rodeo I es de 750 reclusos y la de Rodeo II, de 500.

Nuevas reglas
La situación de las visitas también cambió en Rodeo I y II. “Nos han contado que no podemos pasar con pantalones largos, tacones, prendas ni ropa oscura. No dejan pasar dinero, así que no sé qué irán a comer. Sólo puedo llevar comida que no tenga hueso porque supuestamente con eso hacen chuzos. Tampoco puedo llevarle más de una sábana ni abrigos con capucha. Ya no pueden usar pantalón. Antes todos estaban con pura ropa de marca. Ya no dejan pasar ropa de marca, suéter manga larga, gorra ni lentes. Quitaron las visitas conyugales y las pernoctas”, cuenta la madre de un reo que fue trasladado el lunes de Uribana a Rodeo I, Yolanda Carrillo.

martes, 13 de diciembre de 2011

Sentencia del TSJ sobre invasiones es inconstitucional


Patty Fuentes Gimón
Lejos de proteger un mandato constitucional, la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia que desaplica los artículos 471-A y 472 del Código Penal, en aquellos casos donde “se observe un conflicto entre particulares devenido de la actividad agraria”, vulnera el derecho a la propiedad privada.

Las disposiciones mencionadas establecen pena de cinco a diez años y multa de 50 a 200 unidades tributarias para quien, “con el propósito de obtener para sí o para un tercero provecho ilícito, invada terreno, inmueble o bienhechuría ajenas”; y prisión de uno a dos años, además de multa de 50 a 100 unidades tributarias, para quien “por medio de violencia sobre las personas o las cosas, perturbe la pacífica posesión que otro tenga de inmuebles”.

Pese a que la Sala Constitucional del TSJ tiene entre sus potestades la de desaplicar una norma jurídica, al despenalizar algunas situaciones de invasión está pasando por encima del artículo 115 de la Carta Magna que garantiza el derecho de propiedad.

En derecho, el control difuso de la constitucionalidad es el mecanismo jurídico que otorga a los jueces la potestad de revisar e invalidar las normas ordinarias que contravengan la Constitución. En este caso, el TSJ utilizó este procedimiento, pero no tomó en cuenta el principio de supremacía constitucional.

“Siempre que se haga esto, debe ser para proteger la Carta Magna. Esta desaplicación no fue así. Creo que interpretan de manera incorrecta que las sanciones establecidas en el Código Penal son inconstitucionales porque más bien son parte de garantías del derecho de propiedad. La interpretación de la Sala Constitucional da a entender que se puede invadir una finca alegando determinados motivos sin que eso implique ningún tipo de sanción o consecuencia jurídica”, asegura el constitucionalista José Vicente Haro.

Más inseguridad jurídica
A juicio del penalista Gonzalo Himiob, lo que llama la atención de la sentencia del TSJ es que “cuando se actúa de esa forma, al igual que cuando el Presidente dice que quien invada un terreno o un inmueble desocupado porque no tiene vivienda está obrando bien, se está enviando un mensaje muy peligroso que significa básicamente que se hace difusa la línea entre lo que está prohibido y lo que está permitido”.

Además, sostiene que la presidenta del TSJ, Luisa Estella Morales, está sesgada políticamente y “pone en un pedestal” al general Ezequiel Zamora, a quien la magistrada calificó como un “héroe de las masas campesinas, una figura muy destacada en la lucha antiesclavista, feudal y democrática”.

“Con esto se les está diciendo a los ciudadanos que los límites que pauta la ley no existen y que, eventualmente, de acuerdo con la coyuntura política, esos límites tienen que ser relajados. Esto va a generar mucha más inseguridad jurídica porque ocasiona que la gente no tenga claro qué es lo que se puede hacer y qué es lo que no se puede hacer”, señala Himiob.

A su vez, el abogado recuerda que ese discurso político que desconoce el valor de la propiedad privada viene manejándose desde hace muchísimos años, por lo cual considera que “hay coherencia entre la ideología y lo que se hace legalmente”. Pero, hace énfasis en que en todos los países civilizados del mundo la invasión o usurpación (como lo llama el Código Penal) se castiga con penas bastante severas.

Desaplicación con precedente
El penalista Gonzalo Himiob considera que la desaplicación en algunos casos de los artículos que penalizan las invasiones busca tener efectos más allá de las especificaciones que se hacen. “Se desaplica para los casos con implicaciones agrarias, pero se está sentando el precedente para que eso siga sucediendo en los demás casos. El hecho de que la Sala Constitucional diga que ahora eso se puede hacer no significa que sea beneficioso desde el punto de vista social. Lo que puede significar es que se necesita un rédito político electoral de cara al año electoral que se avecina”, añade. 

SECTOR AGRARIO EN TOTAL DESAMPARO JURÍDICO 
Luisa Benavides
El drama de las invasiones que viene afectando a cientos de fincas del país desde hace más de ocho años y ha generado violencia, disminución de la producción y un mercado negro de comercialización de tierras, ahora se torna más incontrolable con la desaplicación del artículo 471 del Código Penal el cual tipifica la invasión como un delito. 

Roberto Latini, vicepresidente de Fedenaga, señaló que esta sentencia lo que hace es rodear a la actividad agraria de debilidad jurídica porque los dueños de los predios invadidos están imposibilitados de defenderse legalmente de las tomas ilegales. “Esto es darle carta blanca a todas aquellas personas que se sientan con derecho de ocupar una extensión de tierra”, alertó el productor pecuario.

El directivo del gremio ganadero recordó que la competencia jurídica ha venido perdiendo fuerza en el sector primario, por lo que las decisiones de los tribunales a favor de la desocupación de los fundos invadidos no era cumplida por los organismos de seguridad, mientras las expropiaciones del Gobierno no contaban con el debido proceso como lo establece la Constitución.

“Ejercemos la ganadería en un terreno económico en desventaja porque la actividad ha perdido rentabilidad y en lo jurídico estamos desprotegidos y sin garantías”, lamentó Latini quien recordó que las 3,6 millones de hectáreas que da cuenta el Ejecutivo de ser “rescatadas” no han logrado aumentar la producción de alimentos, lo que es una muestra del fracaso de este modelo para reactivar el campo venezolano.

“Sentencia es justa”
El experto en derecho agrario y profesor universitario, Juan Fernando Marrero, explicó que el único mecanismo con el que ahora cuentan los dueños de predios afectados por invasiones es recurrir a las acciones reivindicatorias de la propiedad y la posesión que son de carácter civil.

Marrero explicó que en el marco de la actividad agraria pueden surgir problemas entre productores, campesinos, propietarios, ocupantes o poseedores de tierras con vocación agroalimentaria que si bien son conflictos, no revisten carácter penal y se resuelven en la jurisdicción agraria (tribunales agrarios) que se han creado al respecto. El profesor recordó que estos conflictos, producto de la actividad agraria, están tipificados en el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (conflictos sobre la posesión, deslinde, aclaratoria de linderos, procedimientos de desocupación o desalojos de fundos).

“En mi opinión la sentencia es justa y el TSJ tuvo razón en dictarla dado el caso concreto de avocamiento que se le presentó y que se explica muy bien en la sentencia”, expresó el abogado.

Los antecedentes
El 31 de marzo de 2011, Rafael Belisario de 65 años fue condenado a 10 años y seis meses de prisión por los delitos de invasión, perturbación violenta de la posesión de bienes inmuebles e incendio en el fundo San Jerónimo ubicado en Guárico.     

“La presente solicitud de avocamiento se basará fundamentalmente en el orden público constitucional controvertido contenido en sus artículos 2, 26 y 49, que supone privar a un campesino de su libertad mediante la equivoca solicitud de juzgamiento proferida ilegalmente por el Ministerio Público de tramitarle un juicio con la aplicación de leyes penales. Lo que no se corresponde con su condición humana de agricultor”, argumentó la defensa de Belisario para exigir su liberación. En el escrito también solicitaron que sea desaplicada “por control difuso” toda normativa penal para casos futuros de los delitos de Invasión y Perturbación violenta a la posesión de bienes inmuebles.


lunes, 12 de diciembre de 2011

"Con Chávez se violan todos los DDHH"


Patty Fuentes Gimón
La mayoría de los Derechos Humanos son vulnerados en Venezuela, unos en mayor grado que otros. Lo cierto es que, durante los últimos 13 años, el país ha sufrido una de las peores crisis en esta materia, o al menos así lo considera la coordinadora nacional de la Comisión de DDHH de la Mesa de la Unidad, Delsa Solórzano, quien asegura que en el gobierno de Hugo Chávez se violan todos los derechos de modo sistemático.

“Hacía muchos años que esto no pasaba. En la época de Marcos Pérez Jiménez se vulneraban las libertades políticas fundamentales y eso llevaba a prisión, persecución y torturas, pero había libertades económicas garantizadas, por ejemplo. Aquí se violan desde el derecho a la vida y a la seguridad personal, hasta el ejercicio de las libertades políticas en general y la libertad de expresión”, señala.

En el marco del 63º aniversario de la Declaración Universal de DDHH, celebrado el pasado sábado, el coordinador del Centro de DDHH de la Universidad Monteávila, Luis Izquiel, recordó que dicho documento fue aprobado el 10 de diciembre de 1948 en la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, reunida en París.

“Es histórico porque, por primera vez, 48 países del mundo (entre ellos Venezuela) se unen para declarar vigente una serie de derechos inherentes a la persona humana. Además, es universal y no regional, como las anteriores”, explica.

Los más vulnerados
Uno de los principales DDHH que más se quebranta en el país es el de la separación de poderes, que ha generado comunicados tanto de la Comisión Interamericana de DDHH como de la Comisión Internacional de Juristas y de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas.

El caso de la jueza María Lourdes Afiuni, quien se encuentra detenida desde hace dos años por decidir en contra de la voluntad del presidente Chávez, y el de los jueces destituidos de la Corte Primera en lo Contencioso Administrativo, evidencian la no independencia del Poder Judicial.

“Es difícil decir que hay algún DDHH que se respete en Venezuela. En lo que concierne al derecho básico, el de la vida, hay escuadrones de la muerte que operan en diversos estados del país sin que la autoridad central haya adoptado algún tipo de medidas a fin de evitar que esto siga ocurriendo y castigar a los responsables. La tortura se continúa empleando por cuerpos policiales y militares”, denuncia el abogado especialista en DDHH, Héctor Faúndez.

Además, la situación carcelaria del país ha sido de constante tratamiento en la Comisión Interamericana de DDHH, por lo que algunos penales cuentan con medidas cautelares que no se cumplen porque en los recintos penitenciarios no han cesado las violaciones a los DDHH.

En cuanto a la libertad de expresión, Faúndez sostiene que “se han cerrado canales de televisión, radioemisoras y periódicos; se ha amenazado a medios de comunicación para que cambien su línea editorial; se ha agredido físicamente y encarcelado a periodistas o ciudadanos comunes por emitir una opinión; y se han modificado leyes para incrementar las penas del vilipendio”.

A su vez, el experto en DDHH precisa que los derechos políticos también se incumplen y, como ejemplo, utiliza el caso de Leopoldo López, pues “el Presidente no sólo quiere designar a los candidatos del PSUV, sino que también pretende hacerlo con los de la oposición, ya sea valiéndose de las inhabilitaciones o de otros mecanismos dirigidos a controlar el proceso político”.

Hagan caso a los expertos
  • A los ciudadanos: Que se pongan al tanto de los derechos contenidos en la Constitución y en los pactos internacionales, ya que son inherentes a ellos.
  • Al Estado: Que acate las decisiones de organismos internacionales de buena fe y diseñe un plan nacional de DDHH.

“Venezuela desacata las decisiones emanadas 
de la Corte IDH contraviniendo lo establecido 
en la Convención Americana sobre DDHH"
Luis Izquiel, coordinador del Centro de DDHH de la UMA

Estado ejecutó a 129 personas en el último año


Patty Fuentes Gimón
El derecho a la vida sigue siendo vulnerado en Venezuela. De acuerdo con el informe de Provea que abarca el período octubre 2010-septiembre 2011, fueron 173 los ciudadanos asesinados por funcionarios policiales, de los cuales 129 fueron víctimas de ejecuciones, 15 del uso indiscriminado de la fuerza, 12 de torturas o tratos crueles, 7 del uso excesivo de la fuerza, dos de la negligencia y del resto no pudieron conocerse las causas.

Este número representa una disminución de 27% respecto al año anterior, cuando se contabilizaron 237 víctimas de violación al derecho a la vida.

Un total de 37 cuerpos policiales, entre municipales, estadales, nacionales y la Fuerza Armada Nacional, fueron las instituciones señaladas como responsables de estos delitos. El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas continúa siendo el organismo con más víctimas (37 personas que equivalen a 21,39% del total), seguido de la Fuerza Armada Nacional, con 31 asesinatos (17,92%); y la recién estrenada Policía Nacional Bolivariana, con 12 (6,94%).

Este es uno de los derechos civiles y políticos que, según Provea, presentaron indicios de avances, probablemente por el proceso de  reforma policial implementado por el Gobierno y por la política de desarme. Sin embargo, esta ONG considera que para hablar de una tendencia debe mostrarse al menos durante cinco años consecutivos la reducción de estas violaciones.

Otra de las mejoras tiene que ver con la seguridad ciudadana, pues el número de homicidios disminuyó de 13.985 en 2009 a 13.080 en 2010. Aunque la reducción no es significativa, el coordinador general de Provea, Marino Alvarado, explica que “veníamos en una línea de ascenso y pareciera que empezamos a descender. Esto refleja que cuando hay voluntad política se pueden obtener resultados positivos”.

Alvarado precisa que, en materia de seguridad, la principal limitación que tiene el Gobierno es que “sigue sin convocar a la sociedad para combatir este problema. La inseguridad no se puede reducir si no hay alianza con el sector privado, las organizaciones de la sociedad civil y los gobernadores y alcaldes de todas las corrientes políticas del país”.

También hubo disminución de 52% en los casos de violaciones a la integridad personal (con 116 denuncias y 247 víctimas): las torturas se redujeron 44,45% (con 20 víctimas); los tratos crueles 78,57% (con 75 víctimas); y los heridos 73,26% (con 27 casos), entre otros.

En cuanto a la libertad personal, se registraron 324 denuncias, lo que representa una disminución de 228% respecto al lapso anterior, cuando se contabilizaron 739.

Lucha social estancada
El estudio dio a conocer también que la mayoría de los derechos económicos, sociales y culturales están estancados. En la lucha contra la pobreza se evidencia esto, pues desde 2007 hasta 2011 sólo ha tenido una reducción de 0,1% y, de los 23 estados del país, en 17 ha habido incremento. Situaciones parecidas ocurren con el empleo, la salud y la educación.

“A pesar de que el Gobierno tiene un discurso vinculado a estos derechos sociales ha venido disminuyendo el porcentaje que invierte en ellos en relación al Producto Interno Bruto. Uno de los derechos donde el Estado ha generado mayor expectativa en toda su gestión ha sido la vivienda. La pregunta es por qué lo que hace es reducir progresivamente la inversión en vivienda”, expresa Alvarado.

Justicia parcializada
El último informe de Provea destaca, una vez más, el incumplimiento del principio de la separación de poderes. De los 88 recursos que se interpusieron ante el Tribunal Supremo de Justicia contra las actuaciones del Presidente de la República, la Asamblea Nacional, el Consejo Nacional Electoral, la Fiscalía o la Contraloría, más de 80% fueron declarados sin lugar. “Esto revela que cuando la ciudadanía ve vulnerados sus derechos y quiere responsabilizar a los altos organismos, sus casos no prosperan dentro del TSJ”, asegura Rafael Uzcátegui, coordinador del Programa de Monitoreo, Investigación y Difusión de Provea.